miércoles, 21 de agosto de 2013

PLIEGO DE PETICIONES DE LOS PROGRAMAS DE ATENCION A LA PRIMERA INFACIA: MADRES COMUNITARIAS, FAMI, SUSTITUTAS, TUTORAS Y HOGARES INFANTILES.

SINTRACIHOBI, AMCOLOMBIA, SINDIMACO, ADDHIP


AGOSTO 18 2013

En nuestra condición de mujeres, trabajadoras (Comunitarias Tradicionales, Fami, Sustitutas, Tutoras, CDIs y Hogares Infantiles) vinculadas a los programa del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar I.C.B.F., que durante mas de 26 años de existencia de los mismos, hemos cuidado y atendido a cientos de niños y niñas de los estratos más pobres de la población, desde las grandes ciudades hasta los rincones más apartados de la geografía colombiana; indignadas ante el desconocimiento por parte del Estado de nuestros derechos humanos y sociales fundamentales, y ante el endurecimiento de la grave situación de precariedad de las condiciones de vida y de trabajo que venimos padeciendo de tiempo atrás, producto de las políticas antidemocráticas y que se imponen a través del modelo neoliberal que hoy encabeza el presidente Juan Manuel Santos y de la persistente y sistemática postura del I.C.B.F. de desconocer nuestros más elementales derechos a unas condiciones de trabajo que reivindiquen los aportes que le hemos hecho a la sociedad colombiana en la prestación del servicio público de Atención a la Primera Infancia, hemos tomado la decisión legítima de presentar al Gobierno Nacional nuestras justas demandas y exigencias:


DERECHOS LABORALES

  • Que se respete el fuero sindical de las madres de todas las modalidades que estén asociadas a cualquier organización sindical, y también su derecho al permiso sindical y que este no pueda ser vulnerado por parte de los funcionarios de las zonales o regionales.

  • Formalización laboral de las mujeres y hombres que trabajan en los programas del I.C.B.F.: Sustitutas, Tutoras, FAMI, Comunitarias.

La formalización laboral debe contar no sólo con la socialización, sino la PARTICIPACIÓN de las agremiaciones de Madres arriba firmantes, de todas las modalidades, con el fin de garantizar el correcto cumplimiento de la Estabilidad laboral, contrato a término indefinido, prestaciones sociales y particularidades de modalidades como la Fami, donde se exige la ampliación de la jornada laboral a tiempo completo.

  • Se exige el pago del retroactivo a las Madres Sustitutas desde enero hasta julio de 2013 como lo dice la Ley 1607 de 2013 en su Artículo 36. No debe haber discriminación frente al número de cupos que tenga cada Hogar Sustituto, el ICBF debe entrar a considerar los casos particulares de Madres Sustitutas que sólo pueden encargarse de un cupo por cuestiones de edad, peso y particularidad de la discapacidad.

  • A los trabajadores y trabajadoras de los Hogares Infantiles actualmente no se les está pagando el Retroactivo de sus Cesantías (SEICIENTOS MIL MILLONES DE PESOS), derecho adquirido por Ley, situación que se ha manifestado en varias ocasiones al I.C.B.F. sin recibir aún respuesta. A los trabajadores de contrato de trabajo a término indefinido, no se les ha cancelado el pago de sus cesantías, debido al tiempo de servicio y el efecto de la retroactividad de ellas. Se exige que se realicen estos pagos. El ICBF pagará estos rubros y respetará la continuidad de este programa y sus trabajadores(as).

  • Los incrementos del presupuesto de funcionamiento de los diferentes programas deben tener unidad en las directrices, a igual labor, igual remuneración (Ley de equidad salarial). El presupuesto del salario mínimo y de las prestaciones sociales debe cobijar a todas las prestadoras de los servicios de atención del ICBF.

  • Que se permita a las Madres que transitaron a la Estrategia de Cero a Siempre, de manera irregular o presionadas por funcionarios del ICBF, retornar y reabrir su Hogar Comunitario, o a la modalidad FAMI.


PENSIONES Y RIESGOS PROFESIONALES


  • Pensiones dignas para las Madres Comunitarias, FAMI, Sustitutas y Tutoras, que tenga como piso el mínimo vital y reconozca el tiempo real laborado por la Madre a los Programas de Bienestar. El ICBF debe empezar los estudios legales y presupuestales para iniciar este proceso de ofrecer una PENSIÓN NO UN SUBSIDIO, a todas las Madres de Colombia, por medio de una iniciativa legislativa.

  • Emprender las acciones legales o legislativas para dar solución a las mujeres enfermas o en situación de discapacidad, adquirida o profundizada por su trabajo en los programas, y que ya no pueden ejercer su labor o que ya se retiraron, pero que aún no tienen solución pensional. Es urgente que el Ministerio de Salud se encargue con mayor urgencia de estos casos.

  • Se exige a Colpensiones, al Consorcio Colombia Mayor, y otras entidades de cotizaciones para pensión, que sea estricta la entrega de los talonarios en todas las regiones del país, incluso en los municipios más alejados. De presentarse retrasos en la entrega de los talonarios, no se sancionen ni se suspenda a las Madres.

  • Ampliación del alcance de la Ley 1023 a Madres Sustitutas y tutoras para que ellas puedan cotizar a pensión.

  • Igualdad del monto cotizado en los fondos privados como en Colpensiones.

  • Que se cumplan las afiliaciones por parte de los contratistas, ya que no están afiliando a las Madres, verificando en los fondos correspondientes.

  • Reactivación de las nuevas afiliaciones a cotizaciones en pensiones por parte de las entidades correspondientes.



SALUD

  • Que se cumplan las incapacidades y los pagos correspondientes a ellas con puntualidad.



ARL

  • Para los casos de Madres que hayan adquirido enfermedad laboral o agravada su condición en el ejercicio de la labor, sea responsabilidad del Estado su cotización a salud y su pensión por invalidez, con su correspondiente valoración.

  • Permitir a la Madre afiliación a través de otros fondos que no impidan acceso a la pensión y ARL.

  • Reactivación de las nuevas afiliaciones a Riesgos Laborales por parte de las entidades correspondientes.



CONTRATACION

  • Es necesario entablar un escenario de concertación, con veeduría del Ministerio del Trabajo, Procuraduría, Defensoría del Pueblo y la CUT para aclarar cuál va a ser la modalidad de contratación para todas las Madres Comunitarias, FAMI, sustitutas, tutoras para el año 2014. Esta modalidad no debe ser otra que las regidas por ley y que no desmejore ni sus beneficios y garantice su estabilidad laboral.

  • El contrato a las operadoras de los programas (Madres Comunitarias, sustitutas, docentes) debe realizarse a término indefinido. Contratación directa con el Instituto para los programas del ICBF, no a través de operadores.

  • Ratificar el acuerdo de que no es obligatorio para las Madres de todas las modalidades transitar a la Estrategia de "Cero a Siempre", lo que significa parar las presiones desde las directivas Regionales y zonales hacia las Madres de las diferentes modalidades, respetando sus hogares, los niños que YA ESTÁN SIENDO ATENDIDOS y priorizando el entorno comunitario sobre la nueva estrategia, como lo indica el Artículo 136 del Plan Nacional de Desarrollo, Ley 1450 de 2011.

  • Se detenga el Registro Nacional de Oferentes hasta que no se clarifique y se otorguen los elementos técnicos necesarios para que los Hogares Tradicionales puedan entrar en situación de igualdad frente a los operadores de la Estrategia de "Cero a Siempre".

  • Se iguale a los Hogares Comunitarios, Fami, Sustitutos, y Hogares Infantiles, frente a los operadores de la Estrategia de "Cero a Siempre" en materia presupuestal, de insumos, alimentación, dotación, y personal en caso de ser necesario, ya que no se puede brindar atención diferencial a niños y niñas del país que necesitan cuidado, como actualmente está sucediendo. Situación que pone en desventaja a los CDI's.

  • Incrementar los aportes para las dotaciones de los Hogares sustitutos y tutores. El ICBF debe implementar los mecanismos y considerar los rubros necesarios para las particularidades de estos dos programas, como por ejemplo los desplazamientos a terapias, medicamentos, dotación escolar y recursos para inscripción y matriculas de universidades, teniendo en cuenta los tiempos que las instituciones educativas exijan.

  • De igual manera se solicita el incremento de los salarios para los trabajadores de los Hogares Infantiles, con los salarios propuestos para los Centros de Desarrollo Integral, ya que si bien son diferentes programas, cumplen con responsabilidades semejantes.

  • La contratación para las vigencias futuras es decir en los años venideros debe realizarse con las asociaciones de la padres usuarios, madres comunitarias, madres sustitutas, que cuentan con una amplia experiencia.

  • En los procesos de contratación no debe excluirse a ninguna persona por condiciones de edad o salud hasta resolver la situación de pensiones para todas las modalidades de contratación, hogares, sustitutos, tutores, hogares infantiles, madres comunitarias, CDI

  • En las Juntas Directivas debe permitirse a las madres comunitarias la participación.


PROFESIONALIZACION, CONVENIOS CON LAS UNIVERSIDADES.



  • Se debe ejecutar proyectos de convenios con las universidades para profesionalizar a las mujeres que atienden las diferentes modalidades de los diferentes programas.

  • Nivelación a básica secundaria para todas las mujeres que ejecutan los programas del ICBF como madres comunitarias tradicionales, famis, madres sustitutas, tutoras.

  • Que se generen estrategias para que las mujeres puedan acceder a esta nivelación, como el uso de las escuelas rurales y todas las locaciones de la comunidad a fin de que los tutores o la institución educativa lleguen a estos sitios más lejanos.

  • Que el ICBF otorgue los tiempos para que las mujeres accedan a esta formación y se respete estos espacios de formación por parte de los funcionarios locales y regionales.

  • Las madres comunitarias tradicionales tienen una figura MADRE AUXILIAR que el ICBF solo reconoce cuando necesita que la madre comunitaria se desplace a actividades de la institución. Por lo tanto se propone que esta figura sea reconocida por el ICBF para que ejerza su función de auxiliar cuando la madre comunitaria salga a estudiar.



Profesionalización a mujeres madres comunitaria tradicional, fami, sustitutas y tutoras.



  • Se requiere que el ICBF y el Estado hagan convenios con instituciones educativas superiores que estén en las regiones y/o que se puedan desplazar a las localidades de las mujeres y se desarrolle.

  • Estas propuestas deben estar lineadas bajo una política pública específicamente para Mujeres a fin de que se establezca como ley con su fundamento presupuestal fijo.





RACIONES CONDICIONES NUTRICIONALES


  • El presupuesto asignado para la alimentación de las niñas y los niños de las diferentes modalidades de atención debe coincidir con los estándares internacionales.

  • Exigimos la igualdad nutricional de las niñas y los niños, no condicionado a los lineamientos y presupuesto sino por las condiciones de requerimientos nutricionales. Es necesario un estudio nutricional realizado por una entidad independiente.

  • Que no se permita a los operadores sacar del rubro de la ración un porcentaje para "trámites administrativos".

  • Debe ser incluida dentro de los montos de la ración, la alimentación de la madre comunitaria, fami, sustituta o tutora.




AFILIACION ALAS CAJAS DE COMPENSACION, REGLAMENTACION


  • Acceso a la vivienda para las Madres que aún no poseen un Hogar Propio.

  • Mejoras de la vivienda para las Madres que ya poseen Hogar, pero necesitan cualificarlo.

  • Existen dificultades con el acceso a beneficios y subsidios de vivienda que da el Gobierno, el Decreto 126. No se ha podido aplicar en su totalidad y es responsabilidad del Ministerio de Vivienda garantizar el acceso a las Cajas de compensación y eliminar el exceso de trámites para estas Madres trabajadoras.





INICIATIVAS LEGISLATIVAS



  • Retiro del Proyecto de Ley 160 de 2012: Este proyecto desconoce varias realidades de las Madres Comunitarias, Sustitutas, Fami, tutoras, ya que no fue socializado ni creado a partir de sus verdaderas necesidades. Es urgente un Proyecto de Ley que contemple estos elementos. Si se pensara en un escenario democrático donde se pudiera hacer cambios al Proyecto 160 de Cámara estaríamos en la posibilidad de proponer modificaciones. Sin embargo, ante las experiencias pasadas con otras iniciativas de Ley, no hay posibilidad de que nuestras inquietudes sean tenidas en cuenta.

  • Por ende, es necesario elaborar un proyecto propio que contenga y plasme todas estas realidades.



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Movimiento por la defensa de los derechos del pueblo-MODEP-BOGOTA
Vamos por la Democracia, el Poder y el Socialismo.
http://modepdistrital.blogspot.com/

POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES, NO A LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

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